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Valoración del daño indemnizable
2 de abril de 2013
Artículo de opinión en La Vanguardia: “Cultura financiera y asesoramiento independiente”
5 de julio de 2013

Actualidad en materia de pensiones privadas

La Fiscalía Anticorrupción ha encontrado indicios razonables, en el proceso judicial contra cuatro ex directivos de Caixa Penedés que han sido imputados por la Audiencia Nacional con fianzas de 13,5 millones de euros, para concluir que los mencionados imputados actuaron de común acuerdo para vincular fraudulentamente a la caja de ahorros que regían, generando obligaciones económicas para su beneficio particular y en perjuicio de la entidad, actuando sin la conformidad de los máximos órganos de gobierno de la caja.

Todas las teorías son hipótesis; todas se pueden batir. Con todo, hemos de preferir, como base de acción, la teoría mejor comprobada. La racionalidad es el método crítico pero el contagio  determina la fortuna, de modo positivo, o el hado, de modo negativo, de una teoría y no su validez. Ya hemos superado la era de la evidencia como criterio para aceptar las teorías; también el escepticismo si nuestro modo de actuar se rige por unos principios. A pesar de que por el sesgo de la supervivencia, también de la supervivencia de las teorías, recibimos una visión distorsionada de las cosas, en estos momentos, determinados derechos económicos por compromisos por pensiones privadas asumidos por las empresas a favor de sus directivos, son elementos de litigio; en un presente muy cercano, quizás, la comprensión de los compromisos por pensiones para las organizaciones en particular, para la sociedad de modo general, será muy distinta a la actual.

Repitámoslo una vez más. Los compromisos por pensiones son en forma y contenido, por correspondencia biunívoca, retribuciones a los empleados, ya sean trabajadores, directivos con contratos de alta dirección o consejeros. Sin proporcionalidad entre las obligaciones reconocidas por las organizaciones y los derechos por los años de servicio prestados por los empleados, sin esa proporcionalidad euclidiana los compromisos por pensiones encuentran las paradojas y los sinsentidos. Con buen criterio, las recomendaciones del ámbito europeo, también las reformas españolas, referente al sistema de remuneración de los consejeros que cotizan en bolsa, la estructura de la política de remuneración deberá ser aprobada por el máximo órgano de gobierno de la organización. Además, los pagos que se efectúen contractualmente por la rescisión anticipada de un contrato, deben guardar relación con los resultados alcanzados en el transcurso del tiempo y han de diseñarse de forma que no recompensen los fallos.

El razonamiento ha demostrado ser estéril en el desarrollo con éxito de los planes privados de pensiones en España. Así pues, mayor disciplina en la definición de los compromisos por pensiones. Seguridad jurídica para determinar qué derechos económicos corresponde a los empleados en caso de cese de la relación laboral. Si las aportaciones corresponden a la opción de canjear retribución variable, siempre que el reglamento interno de pensiones privadas de la organización así lo contemple, no habrá dudas a quién corresponden los derechos económicos del plan. Si en origen las empresas han imputado fiscalmente las aportaciones realizadas a sus empleados, tampoco se discutirá que los derechos económicos en caso de cese de la relación laboral son del empleado. Tampoco olvidemos que el límite por la obligatoriedad de imputar fiscalmente las primas a los asegurados está en cien mil euros/año/empresa/asegurado. Para el caso de rentas del trabajo altas, mayores beneficios fiscales para la constitución de planes privados de pensiones, con el límite de cienmil euros/año exentos de tributación en origen.

Considerando las valoraciones actuariales como nuestra opinión independiente y cualificada, nosotros los actuarios de seguros creemos en los compromisos por pensiones de las empresas a favor de sus empleados. Nuestra opinión profesional abarca todoel contrato de seguros que instrumenta los compromisos por pensiones y si el mismo cumple, en mayor o menor grado, su finalidad. Además, es muy importante la cuantificación de los activos afectos, las prestaciones a pagar para cada una de las contingencias, el coste de los servicios pasados de conformidad con la normativa contable nacional e internacional y, en estos momentos de dificultades por consecuencia de los mercados financieros, las posibles movilizaciones de una entidad aseguradora a otra que sean factibles y con resultados positivos, con el objetivo último de garantizar los compromisos por pensiones con entidades aseguradoras de máxima solvencia.

Jaume Quibus

El actuario y economista Jaume Quibus es DEA de economía financiera y contabilidad, Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras , Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Barcelona y PDD en IESE-Universidad de Navarra. Miembro titular de las siguientes asociaciones: Instituto de Actuarios Españoles, Col·legi d´Actuaris de Catalunya, Col·legi d'economistes de Catalunya, International Actuarial Association, Associació Catalana de Comptabilidad i Direcció y también del Alumni de IESE. Socio fundador en 1998 de la sociedad profesional actuarial Quibus, miembro titular con el número 6 de sociedades en el Col.legi d'Actuaris de Catalunya.

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